Acceso a la protección del consumidor mediante el SNIPC
26 sept. 2024 12:51
Publicado el: 24/11/2022 11:55
La Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO), en el marco de su competencia, publicó la Resolución SDCU Nº 1.670/2022 “POR LA CUAL SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE FIJAR LOS PRECIOS DE TODOS LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS OFRECIDOS POR PROVEEDORES A LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS, EN CIFRAS REDONDAS CON LAS DENOMINACIONES DE MONEDAS DE CIRCULACIÓN DE CURSO LEGAL Y FUERZA CANCELATORIA VIGENTE DISPONIBLES PARA EL COMERCIO Y PÚBLICO EN GENERAL Y SE ABROGA LA RESOLUCIÓN N° 347/14, DEL 05 DE AGOSTO DE 2014”
La citada normativa dispone, entre otras cosas, que “todos los proveedores, deberán fijar los precios de los productos y servicios ofrecidos a consumidores y usuarios, en cifras redondas con las denominaciones del circulante monetario nacional vigente disponible para el comercio y público en general”.
Además, “En todos los casos, el ajuste de precios (redondeo) por el proveedor será favorable al consumidor, sea para arriba o para abajo, de la moneda con denominación de Guaraníes 50 (cincuenta guaraníes) según los casos. Y, se aplicará en todos los comprobantes legales emitidos por comercios, entidades bancarias y financieras, casas de crédito, cooperativas, servicios públicos y demás entidades que utilicen: facturas, recibos, extractos bancarios y financieros, de la naturaleza que fueren, y cualquier otro documento en el que se consignen precios al consumidor final”.
Ver Resolución SDCU N° 1.670/2022 en el siguiente link: https://drive.google.com/drive/folders/1nTDWUCCt3F_7oxPaTWXx3DI-0gUUatUl
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